Convenio Multilateral para actividades en varias provincias
Cuando la actividad se desarrolla en más de una provincia, Ingresos Brutos no se liquida en cada jurisdicción por separado: se aplica el Convenio Multilateral, que distribuye la base imponible entre las provincias donde se obtienen ingresos y donde se realizan gastos.
Cuándo corresponde
Basta con que el circuito económico atraviese más de una jurisdicción. Vender a clientes de otra provincia, tener un depósito o una sucursal fuera de Chubut, contratar personal en otra jurisdicción o prestar servicios de manera habitual fuera del domicilio son situaciones que activan el régimen.
Muchos contribuyentes siguen liquidando como locales cuando ya deberían estar en Convenio, y el ajuste retroactivo, con intereses en cada provincia, suele ser considerablemente más caro que haber encuadrado bien desde el principio.
Coeficiente unificado
El régimen general distribuye la base imponible según un coeficiente que combina, en partes iguales, los ingresos y los gastos atribuibles a cada jurisdicción, tomando el último balance o ejercicio cerrado.
El coeficiente se recalcula todos los años y se aplica desde el período que fija la normativa. Determinarlo con criterio requiere definir qué gastos son computables y a qué jurisdicción se atribuye cada uno, que es donde se concentran las diferencias de interpretación.
Regímenes especiales
Algunas actividades no usan el régimen general sino uno especial con porcentajes fijos de distribución: construcción, transporte, profesiones liberales, intermediación y entidades financieras, entre otras.
Encuadrar una actividad en el régimen equivocado cambia por completo cuánto se paga en cada provincia.
Liquidación y presentación
La liquidación mensual se presenta a través de SIFERE, y anualmente corresponde la declaración jurada que consolida el ejercicio y recalcula los coeficientes.
El seguimiento incluye controlar las retenciones y percepciones sufridas en cada jurisdicción, que se acumulan con facilidad y generan saldos a favor provincia por provincia.
Qué incluye el servicio
- Inscripción en Convenio Multilateral
- Determinación del coeficiente unificado
- Encuadre en régimen general o especial
- Liquidación mensual por SIFERE
- Declaración jurada anual
- Alta y baja de jurisdicciones
- Control de retenciones por provincia
- Seguimiento de saldos a favor
Preguntas frecuentes
Vendo por internet a todo el país, ¿tengo que estar en Convenio Multilateral?
En general sí. La venta habitual a clientes de otras provincias, incluso sin presencia física, es una de las situaciones que activan el régimen. Conviene analizar el caso concreto antes de que el ajuste llegue de oficio.
¿Cada cuánto se recalcula el coeficiente?
Anualmente, a partir del último balance o ejercicio cerrado, y se aplica desde el período que establece la normativa vigente. Hasta ese momento se sigue usando el coeficiente del año anterior.
¿Puedo dar de baja una jurisdicción donde ya no opero?
Sí, y conviene hacerlo. Mantener activa una jurisdicción donde no hay actividad genera la obligación de presentar declaraciones en cero y, si no se presentan, multas formales que se acumulan.